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  • Ponencia 1   ( 1 Artículo )

    El reconocimiento administrativo de los Grupos de Investigación (coordina Prof. Enrique Rubio).

    La ponencia “El reconocimiento administrativo de Grupos de Investigación” pretende ofrecer una síntesis del tratamiento que merece esta estructura básica de la investigación en la normativa autonómica y universitaria española. El desarrollo de la misma se lleva a cabo a través de tres grandes apartados: la consistencia del Grupo de Investigación (GI), su reconocimiento y evaluación.

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  • Ponencia 2   ( 3 Ítems )

    La financiación de la investigación jurídica a través de proyectos de investigación (coordina Profª Clara Asua, Universidad del País Vasco).

    Los profesores de Derecho civil concurrimos habitualmente a las convocatorias de ayudas para la realización de proyectos de investigación. En general, nos va bien, pero todo es mejorable. Nos gustaría tener mayor información sobre las convocatorias, los criterios de selección de solicitudes, las ayudas concedidas, los proyectos en curso y sus resultados. Es importante formar criterios compartidos sobre la selección de proyectos, la gestión de los mismos y la calidad de las investigaciones. Nuestra forma de trabajar está cambiando. La presencia de grupos con líneas de trabajo estables es un ejemplo relevante. ¿Podríamos empezar a elaborar un “manual de buenas prácticas”?


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  • Ponencia 3   ( 1 Artículo )

    La evaluación para los sexenios (coordina Profª Mª Carmen Gómez Laplaza).

    La creciente relevancia que el reconocimiento de sexenios ha ido adquiriendo en los últimos años hace conveniente una reflexión conjunta de los Profesores de Derecho Civil sobre el significado de la concesión de un sexenio, los problemas que plantea o sus posibles disfunciones.  Pretendemos sugerir una aplicación de los criterios oficiales de evaluación del campo 9 (Derecho y Jurisprudencia) que tenga en cuenta las peculiaridades  de la mencionada área de Derecho civil y que los haga comprensibles, previsibles y aceptables por nuestra comunidad científica. La necesidad, comúnmente sentida, de la lectura (selectiva) de las publicaciones sometidas a evaluación, quizá deba complementarse con la discusión sobre la utilidad o no de contar con algún baremo o índice de revistas lo más fiable posible. Caso de elaborarse, ese baremo habríamos de aportarlo los civilistas con el mayor consenso posible.
         En consecuencia, se trataría de reflexionar colectivamente sobre la finalidad de la política de evaluación de la investigación, el sistema y los procedimientos de evaluación, los criterios y las consecuencias o utilidad/utilización de aquella. Os brindaremos el material que hemos utilizado, unas breves reflexiones y unos cuestionarios para que, a través de ellos, podamos conocer vuestras opiniones y tratar de elaborar propuestas que cuenten con el mayor consenso entre los Profesores de Derecho civil

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  • Ponencia 4   ( 5 Ítems )

    La evaluación para las acreditaciones (coordina Prof. Rodrigo Bercovitz).

    En la actualidad el acceso a los cuerpos docentes universitarios requiere la previa acreditación de los aspirantes a los mencionados cuerpos. Dicha acreditación, establecida con carácter nacional, se encuentra regulada por el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre. En él se prevé un procedimiento tramitado por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), cuyo objetivo es la evaluación de los méritos y competencias del candidato, que haya presentado a tal efecto, en la forma prevista, su curriculum vitae. Los criterios de evaluación comprenden fundamentalmente la actividad investigadora y la actividad docente profesional del candidato. En la acreditación para el cuerpo de profesores titulares de universidad se exige alcanzar un mínimo de 60 puntos sumando los obtenidos en las actividades mencionadas, de los que hasta un máximo de 50 puntos pueden corresponder a la actividad investigadora. En la acreditación para el cuerpo de catedráticos de universidad se exija alcanzar un mínimo de 80 puntos como suma de todos los criterios, de los que hasta un máximo de 55 puntos pueden corresponder a la actividad investigadora.  Cabe pues afirmar que la evaluación de la investigación en el proceso de acreditación es esencial. De ahí la importancia de contemplar en este marco institucional tanto el procedimiento como los criterios de evaluación de esa actividad investigadora, a los efectos de que los profesores de Derecho Civil puedan pronunciarse sobre la mayor o menor adecuación de los mismos, así como  sobre las alternativas que podrían plantearse al respecto.

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  • Ponencia 5   ( 3 Ítems )

    Formación de investigadores (coordina Prof. Jacinto Gil, Universidad del País Vasco).


    Los convocantes del Congreso hemos pensado que, cerrando el desglose temático, no podía faltar una reflexión desde la perspectiva de la formación de investigadores, por si cupiera decantar algunos criterios sobre la función, orientación y calidad de los futuros investigadores del Derecho civil.
    Inicialmente y para sugerir los contornos del terreno acotado por este apartado o ponencia, dibujamos tres grandes capítulos: i) El nuevo Doctorado como Postgrado (Master y Doctorado); ii) La tesis doctoral como trabajo original de investigación; iii) Las becas predoctorales y las posdoctorales.
    Al margen, sin embargo, de su encasillamiento, entendemos que la preocupación  más extendida entre el Profesorado universitario empieza por la necesidad de identificar el ser y el deber ser de la capacitación para una investigación de calidad (ahora nominada ‘competencia’). Desde una óptica metodológica, la inquietud se acentúa con la idea de que el esfuerzo individual de quien elabora una tesis y la relación de confianza con quien la dirige, percibidos como valores seguros, pueden acabar diluidos a base de la inmersión en la dinámica del Grupo o Proyecto de acogida y la burocratización de la ‘tutela académica’. Finalmente, no cuesta trabajo intuir la dificultad de conjugar la faceta irrenunciablemente formativa de la etapa de iniciación con el vértigo promocional que sugieren los actuales baremos garantes de progreso en la carrera docente y/o investigadora.

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